Declaración de la Independencia

EN EL CONGRESO, 4 de julio de 1776.

Declaración unánime de los trece Estados Unidos de América:

Cuando, en el curso de los acontecimientos humanos, se hace necesario para un pueblo disolver los vínculos políticos que lo han ligado a otro y tomar entre las naciones de la tierra el puesto por separado y en condiciones de igualdad al que las Leyes de la Naturaleza y del Dios de la Naturaleza le dan derecho, un justo respeto al juicio de la humanidad exige que declare las causas que lo impulsan a la separación.

Sostenemos como evidentes estas verdades: que todos los hombres son creados iguales; que son dotados por su Creador de ciertos derechos inalienables; que entre estos están la vida, la libertad y la búsqueda de la felicidad; que, para garantizar estos derechos, se instituyen entre los hombres gobiernos, que derivan sus poderes legítimos del consentimiento de los gobernados; que cuando quiera que una forma de gobierno sea destructiva de estos principios, el pueblo tiene el derecho de reformarla o abolirla e instituir un nuevo gobierno que se funde en dichos principios, y a organizar sus poderes en la forma que, a su juicio, ofrecerá las mayores probabilidades de alcanzar su seguridad y felicidad. La prudencia, claro está, aconsejará que no se cambien por motivos leves y transitorios gobiernos que ya hace mucho están establecidos; y, en efecto, toda la experiencia ha demostrado que la humanidad está más dispuesta a padecer, mientras los males sean tolerables, que a hacerse justicia aboliendo las formas a las que está acostumbrada. Pero cuando una larga serie de abusos y usurpaciones, dirigida invariablemente al mismo objetivo, demuestra el designio de someter al pueblo a un despotismo absoluto, es su derecho, es su deber, derrocar a ese gobierno y establecer nuevos resguardos para su futura seguridad. Tal ha sido el paciente sufrimiento de estas colonias; tal es ahora la necesidad que las obliga a reformar su anterior sistema de gobierno. La historia del actual Rey de Gran Bretaña es una historia de repetidos agravios y usurpaciones, encaminados todos directamente hacia el establecimiento de una tiranía absoluta sobre estos estados. Para probar esto, sometemos los hechos al juicio de un mundo que no los conoce.

El Rey se ha negado a aprobar las leyes más favorables y necesarias para el bienestar público. Ha prohibido a sus gobernantes sancionar leyes de importancia inmediata y apremiante, a menos que su ejecución se suspenda hasta obtener su aprobación; y una vez suspendidas, se ha negado por completo a tomarlas en consideración.

Se ha rehusado a aprobar otras leyes favorables para grandes distritos poblados, a menos que esos pueblos renuncien al derecho de ser representados en la Legislatura, derecho que es inestimable para el pueblo y temible solamente para los tiranos. Ha convocado a los cuerpos legislativos en sitios desusados, incómodos y distantes del asiento de sus registros públicos, con la sola idea de fatigarlos para que cumplan con sus medidas.

En repetidas ocasiones ha disuelto las Cámaras de Representantes por oponerse con firmeza y valentía a sus intromisiones en los derechos del pueblo.

Durante mucho tiempo después de esas disoluciones, se ha negado a permitir la elección de otras Cámaras; por ello, los poderes legislativos, cuyo aniquilamiento es imposible, han retornado al pueblo, sin limitación para su ejercicio; permaneciendo el Estado, mientras tanto, expuesto a todos los peligros de una invasión exterior y a convulsiones internas.

Ha tratado de impedir que se pueblen estos Estados; con ese fin, ha dificultado las leyes de naturalización de extranjeros y rehusado aprobar otras para fomentar su inmigración, y ha elevado las condiciones para las nuevas adquisiciones de tierras.

Ha entorpecido la administración de justicia al no aprobar leyes destinadas al establecimiento de los poderes judiciales.

Ha hecho que los jueces dependan solamente de su voluntad para poder desempeñar sus cargos, y en cuanto a la cantidad y el pago de sus salarios.

Ha creado una gran diversidad de oficinas nuevas y enviado multitud de funcionarios a acosar a nuestro pueblo y consumir su sustento.

En tiempos de paz, ha mantenido entre nosotros ejércitos permanentes, sin el consentimiento de nuestras legislaturas.

Ha influido para que la autoridad militar sea independiente de la civil y superior a ella.

Se ha asociado con otros para someternos a una jurisdicción extraña a nuestra constitución y no reconocida por nuestras leyes; y ha aprobado sus actos de supuesta legislación:
Para acuartelar, entre nosotros, grandes cuerpos de tropas armadas:
Para protegerlos, por medio de un juicio ficticio, del castigo por los asesinatos de habitantes de estos estados que pudiesen cometer:
Para aislarnos comercialmente del resto del mundo:
Para imponernos impuestos sin nuestro consentimiento:
Para privarnos, en muchos casos, de los beneficios de un juicio por jurado:
Para trasladarnos del otro lado del mar, con el fin de ser juzgados por supuestos agravios
Para abolir en una provincia vecina el sistema libre de las leyes inglesas, estableciendo en ella un gobierno arbitrario y extendiendo sus límites, con el objeto de dar un ejemplo y disponer de un instrumento adecuado para introducir el mismo gobierno absoluto en estas Colonias:
Para suprimir nuestras Cartas Constitutivas, abolir nuestras leyes más valiosas y alterar en su esencia las formas de nuestros gobiernos:
Para suspender nuestras propias legislaturas y declararse investidos con facultades para legislarnos en todos los casos, cualesquiera que estos sean.

Ha abdicado de su gobierno en estos territorios al declarar que estamos fuera de su protección y al emprender una guerra contra nosotros.

Ha saqueado nuestros mares, asolado nuestras costas, incendiado nuestras ciudades y destruido la vida de nuestro pueblo.

En este momento, está transportando grandes ejércitos de extranjeros mercenarios para completar la obra de muerte, desolación y tiranía, ya iniciada en circunstancias de crueldad y perfidia que apenas si encuentran paralelo en las épocas más bárbaras, y por completo indignas del Jefe de una Nación civilizada.

Ha obligado a nuestros conciudadanos aprehendidos en alta mar a que tomen armas contra su país, convirtiéndolos así en los verdugos de sus amigos y hermanos, o a morir bajo sus manos.

Ha alentado insurrecciones internas entre nosotros y se ha esforzado por lanzar sobre los habitantes de nuestras fronteras a los inmisericordes indios salvajes, cuya norma bélica conocida consiste en la destrucción de vidas, sin consideración de edad, sexo ni condición.

En todas las fases de estos abusos, hemos pedido una reparación en los términos más humildes; nuestros reiterados pedidos han sido contestados solamente con ofensas repetidas. Un Príncipe, cuyo carácter se distingue por todas las acciones que definen a un tirano, no es el adecuado para gobernar a un pueblo libre.

Tampoco hemos dejado de recurrir a nuestros hermanos británicos. Les hemos advertido oportunamente de los intentos de su legislatura de extender una autoridad injustificable sobre nosotros. Les hemos recordado las circunstancias de nuestra emigración y de nuestro establecimiento en este territorio. Hemos apelado a su justicia y magnanimidad naturales, y les hemos conjurado, por los lazos de nuestra común ascendencia, a que repudien esas usurpaciones, las cuales, inevitablemente, llegarían a interrumpir nuestros nexos y correspondencia. Ellos también se han mostrado sordos a la voz de la justicia y de la consanguinidad. Por tanto, aceptamos la necesidad que proclama nuestra separación, y en adelante los consideramos como al resto de la humanidad: Enemigos en la guerra, Amigos en la paz.

Por lo tanto, los Representantes de los Estados Unidos de América, reunidos en Congreso General, invocando al Juez Supremo del mundo por la rectitud de nuestras intenciones, en nombre y por la autoridad del buen pueblo de estas Colonias, solemnemente hacemos público y declaramos: Que estas Colonias Unidas son, y deben ser por derecho, Estados libres e independientes; que quedan liberadas de toda lealtad a la Corona Británica; y que toda vinculación política entre ellas y el Estado de Gran Bretaña queda y debe quedar totalmente disuelta; y que, como Estados libres e independientes, tienen pleno poder para declarar la guerra, construir la paz, concertar alianzas, establecer el comercio y efectuar todos los demás actos y procedimientos a que tienen derecho los Estados independientes. Y en apoyo de esta Declaración, con absoluta confianza en la protección de la Divina Providencia, empeñamos nuestra vida, nuestra fortuna y nuestro sagrado honor.

Las 56 firmas de la Declaración aparecen distribuidas de la siguiente manera:

Columna 1

Georgia:
Button Gwinnett
Lyman Hall
George Walton

Columna 2

Carolina del Norte:
William Hooper
Joseph Hewes
John Penn
Carolina del Sur:
Edward Rutledge
Thomas Heyward, Jr.
Thomas Lynch, Jr.
Arthur Middleton

Columna 3

Massachusetts:
John Hancock
Maryland:
Samuel Chase
William Paca
Thomas Stone
Charles Carroll, de Carrollton
Virginia:
George Wythe
Richard Henry Lee
Thomas Jefferson
Benjamin Harrison
Thomas Nelson, Jr.
Francis Lightfoot Lee
Carter Braxton

Columna 4

Pensilvania:
Robert Morris
Benjamin Rush
Benjamin Franklin
John Morton
George Clymer
James Smith
George Taylor
James Wilson
George Ross
Delaware:
Caesar Rodney
George Read
Thomas McKean

Columna 5

Nueva York:
William Floyd
Philip Livingston
Francis Lewis
Lewis Morris
Nueva Jersey:
Richard Stockton
John Witherspoon
Francis Hopkinson
John Hart
Abraham Clark

Columna 6

New Hampshire:
Josiah Bartlett
William Whipple
Massachusetts:
Samuel Adams
John Adams
Robert Treat Paine
Elbridge Gerry
Rhode Island:
Stephen Hopkins
William Ellery
Connecticut:
Roger Sherman
Samuel Huntington
William Williams
Oliver Wolcott
New Hampshire:
Matthew Thornton

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